PANTER FORZA
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El presidente de OPRA reflexiona sobre la normativa tras el fallecimiento de tres mujeres en una residencia de ancianos madrileña.

Javier Larrea, presidente del Observatorio de Prevención de Riesgos y Accidentes hacía una publicación tras el fatídico fallecimiento de tres ancianas en una residencia de ancianos de la Comunidad de Madrid. Bajo este suceso, Larrea comentaba la necesidad de establecer una nueva normativa contra incendios en este tipo de instalaciones.

“A la vista de los resultados la detección de incendios existente no es capaz de alertar de una forma lo suficientemente temprana como para poder actuar en la extinción del incendio. Sería necesaria una detección precoz para poner en marcha una evacuación eficaz de las personas residentes, muchas de ellas incapacitadas para hacerlo por su cuenta. En las residencias no se dispone por la noche de suficiente personal como para realizar una evacuación rápida de todas las posibles personas (muchas de ellas con problemas de movilidad) que se encuentren en el sector de incendio afectado por el fuego y humo”.

El presidente del Observatorio afirma que no parece que se cumpla el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que exige que “el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva”.

Asignaturas pendientes

  • Larrea comenta lecciones que aún están por aprender:
 
  • Los inspectores no solo deben visitar las instalaciones, además deben de inspeccionarlas.
 
  • La legislación debe regular sin lugar a ninguna duda que todos los espacios de todos los edificios utilizados como residencias de mayores pertenecen al uso hospitalario y deben exigírseles las medidas de PCI de este uso edificatorio, y sin resquicios para que se puedan considerar otros usos dentro del mismo volumen edificatorio.
 
  • Necesidad de modificar la legislación de protección contra incendios en los edificios de uso hospitalario para que proteja a las personas independientemente de la altura, superficie u ocupación del edificio.
 
  • La instalación de detección de incendios en las residencias debe abarcar todos los espacios incluyendo dormitorios y baños.
 
  • En las residencias se debe habilitar una sala o espacio para fumadores, por supuesto, con detección de incendios.
 
  • Se debe permitir que en las residencias haya habitaciones de fumadores donde los fumadores puedan fumar sin causar perjuicio a los demás ocupantes del edificio.
 
  • La dirección y personal de las residencias deben ser absolutamente intolerantes con el hábito de fumar fuera de las zonas permitidas.
 
  • Suele ocurrir que algunas actividades se establecen en municipios próximos a las capitales, en parte porque los terrenos y las construcciones son más baratas y también porque los ayuntamientos son más laxos en la concesión de licencias y ocurre en que en las poblaciones de la provincia no es de aplicación la ordenanza municipal de incendios de la capital por lo que hay menos exigencias. Los jefes de bomberos comarcales y provinciales han de ser el motor de la reivindicación de Ordenanzas provinciales de incendios, ya que les debería preocupar la desprotección de los ciudadanos que atienden, en comparación con los de las capitales que sí que tienen Ordenanza municipal de prevención de incendios.
 
  • Se debe equipar a las residencias y geriátricos con colchones ignífugos.
 
  • Más allá de la viabilidad económica de las residencias, ha de reflexionarse sobre la “sostenibilidad de la seguridad” en las pequeñas residencias donde tan solo hay una o dos personas al cargo de todos los residentes durante la noche, cuando todos sabemos que en caso de incendio no podrán realizar apenas ninguna tarea de las exigibles en un plan de autoprotección factible.
 
  • Se ha de reforzar la formación de los empleados de las residencias en prevención de incendios y en qué hacer en caso de emergencia.
 
  • Los servicios de bomberos han de realizar las investigaciones pertinentes que les puedan aportar información suficiente de por qué se ha producido el incendio, su propagación y las razones porque se han producido las víctimas y cómo podrían haberse evitado.
 
  • Los departamentos de prevención de los servicios de bomberos deberían inspeccionar con regularidad estos edificios donde debemos garantizar que nuestros mayores disfruten con la máxima seguridad del tiempo de vida que les queda.
 

Nueva normativa
OPRA exige que la nueva legislación debe partir del principio de que la seguridad contra incendios ha de ser la protección de los ocupantes y usuarios, no de los edificios. En vez de edificios o locales, o espacios de riesgo especial, es necesario hablar de personas, de ocupantes vulnerables.

Una nueva normativa ha de considerar la detección de incendios obligatoria los locales de las residencias de mayores o personas con movilidad limitada. Por otro lado, se debe dar el paso para exigir la extinción automática en todos los espacios sin excepción: una habitación de una residencia tiene que ser un santuario de la seguridad.

Además, comentan, “es muy probable que los técnicos del gobierno del Estado responsables de promover los cambios de la normativa de protección contra incendios de España no lean los artículos de este portal”.

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