PANTER FORZA
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La Junta de Andalucía ha establecido una serie de condiciones en el traslado de pacientes en ambulancias del EPES 061. Traslados individuales en función de la patología, distancias de seguridad, no autorización de acompañantes,…

La Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, mediante Orden del 13 de marzo de 2020, ha adoptado diversas medidas preventivas en materia sanitaria, socio sanitaria, transporte, docencia, empleo, medio ambiente, agricultura, cultura, ocio y deporte, además de una serie de medidas preventivas en materia de salud. En relación con el traslado de pacientes, se establecen las condiciones de mantener las siguientes medidas de seguridad:

- Se suspende la actividad derivada de la rehabilitación en todos los hospitales de la comunidad.
- En función del estado clínico y patología por vulnerabilidad del paciente, indicación del traslado individual, según indicación del servicio (hemodiálisis, radioterapia o quimioterapia).
- No se autoriza el acompañamiento de familiares.
- Se mantendrá en todo caso la distancia entre los ocupantes de la ambulancia, de manera que supere 1,5 metros de distancia entre los ocupantes. En cualquier caso, el número de ocupantes no superará los 3 pacientes, distribuyéndose uno de ellos en la cabina de conducción, y en la parte trasera el resto de pacientes, de manera que se asegure la mayor distancia posible entre los ocupantes.
- Se requerirá de los pacientes en domicilio y antes de la vuelta en ambulancia en los centros sanitarios, se realizarán las medidas higiénicas preventivas de lavado de manos y colocación de mascarilla quirúrgica.
- Tras cada traslado, el técnico de emergencia sanitaria realizará desinfección del suelo y superficies de contacto durante el traslado.
- Dentro del plan de contingencia, se prevé que si se incrementan las necesidades o las condiciones de espacio entre pacientes se valorará, al amparo del RD 463/2020 de 14 de marzo, incorporar ambulancias de cada provincia ajenas al transporte concertado.

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